Tiene calidad de públicos o privados los documentos considerados en el C.P.C.
El juez recibirá y agregará las pruebas al expediente.
Cuano las partes pidan copia a testimonio de un documento que obre en archivos de depencias públicas, el tribunal ordenará se le expida copia y remita.
Cuando se encuentren fuera de la jurisdicción se compulsará a virtud de exhorto.
El MP puede solicitar la intersepción de correspondencia solicitandocelo al juez federal.
Los documentos en idioma extranjero se presentaran en original y su traducción en español.
miércoles, 19 de mayo de 2010
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