medios probatorios
se admitira como pruba todo lo ofrecido como tal durante el procedimiento cuando se estime necesario podra por cualquier medio legal establecerse la autenticidad de dicha prueba
I.-CONFESIONAL
II.-INSPECCION Y RECOSTRUCCION DE HECHOS
III.-PERICIAL
IV.-TESTIMONIAL
V.-CAREOS
VI.-DOCUEMENTAL
VII.-RECONOCIMIENTO O CONFRONTACION
VIII.-PRESUNCIONAL O CIRCISTANCIAL
CONFECION reconocimiento de la respnsabilidad y participacion propia serndida por mayor de 16 años con las formalidades de ley
INSPECCION Y RECOSNTRUCCION DE HECHOS
si el delito deja huellas se procedera a inspeccionar el luegarpara la descripcion se emplearna dibujos planos etc.
en los delitos sexuale s y aborto podran recurrir al reconocimeitno que prectique los medicos
la ecostruccion se llevara lugar y hora en que ocurrieron los hechos
si existen versiones diferntes se precticarn las recosntrucciones relativas
viernes, 14 de mayo de 2010
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