Serán valoradas en su conjunto por el juez conforme a su prudente arbitrio.Expondran en sus resoluciones razonamientos de la valoración jurídica.
1.- La confesional no hace prueba plena.
2.- La documental pública hará prueba plena.
3.- Los privados harán prueba contra su autor cuando los hubira reconocido.
4.- Los jueces apreciarán los dictamenes judiciales según la circunstacia.
5.- Lesiones se valorará las perisiales practicadas.
6.- La inspección y cateos harán prueba plena si se practicaron conforme la ley.
miércoles, 19 de mayo de 2010
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